DECLARACIÓN DE LA RENTA 2017

declaración de la renta 2017

Declaración de la renta 2017:

El pasado 6 de marzo se publicó en el BOE la Orden Ministerial que aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) correspondientes al ejercicio 2017, dando así inicio a una nueva campaña que comienza hoy 4 de abril de 2018 y concluirá a el próximo 2 de julio de 2018.

Así pues, hemos creído oportuno trasladarles algunas consideraciones relevantes a tener en cuenta en el cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas a esta nueva campaña, ya que este año llega con algunas importantes novedades:

1) CALENDARIO DE LA CAMPAÑA RENTA 2017:

4 de abril: Empieza oficialmente la campaña renta 2017. A partir de este momento ya se pueden presentar borradores a través de Renta Web por internet, así como de manera telefónica.

8 de mayo: Empieza el plazo para solicitar cita previa para realizar el trámite de manera presencial.

10 de mayo: Inicio del periodo de atención presencial en las oficinas de la AEAT para presentar la declaración de la renta.

27 de junio: Fecha límite para solicitar la domiciliación de la renta a ingresar.

29 de junio: Fecha límite para solicitar cita previa para realizar cualquier la declaración a través de todas las vías.

2 de julio: Fin de la campaña renta 2017.

2) APP: Este año la Agencia Tributaria ha presentado una aplicación para el móvil, desde donde se pueden consultar los datos fiscales y a partir del 4 de abril los contribuyentes que tengan una declaración simplificada podrán presentarla a través de la aplicación.

Para poder utilizar esta herramienta es preciso estar dado de alta en el sistema Cl@vePIN .

En caso de necesitar modificaciones o datos específicos, la aplicación redirigirá al usuario al programa Renta Web para realizar las operaciones pertinentes.

3) No se enviará el borrador mediante correo postal, no obstante los datos fiscales sí que podrían llegar mediante esa vía.

4) La AEAT quiere impulsar la asistencia telefónica y desde el 3 de abril estará en marcha esta herramienta donde la AEAT se pondrá en contacto con el contribuyente en la fecha y hora que solicite. El servicio será de 9:00 h hasta las 20:30 h.

Lo podrán solicitar los contribuyentes con:
– Rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 €,
– Rendimientos del capital mobiliario inferiores a 15.000 €,
– Rendimientos del capital inmobiliario por un inmueble alquilado o contrato de alquiler.
– Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de fondos de inversión.
– Ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisiones, salvo que deriven de actividades económicas.
– Rentas procedentes del régimen de atribución de rentas que correspondan a rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario, con los límites anteriormente comentados.

5) Adiós al SMS: en la campaña de la declaración de la renta 2017 no habrá SMS con el número de referencia.

El usuario podrá solicitar sus datos fiscales mediante DNI electrónico, la página web de Hacienda o mediante el sistema de firma con clave de acceso, que corresponde al servicio RENO, para el que se requiere el número de referencia.

Para conseguirlo, el cliente deberá introducir el importe de la casilla 450 del año 2016, su número de identificación fiscal y este año, además, la fecha de validez de su DNI.

Te aconsejamos leer los 10 datos necesarios para la realización de la declaración de la renta 2017. Leer aquí.

 

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